Además de las disposiciones generales, se aplican diferentes reglas para perros, gatos y hurones procedentes de un tercer país dependiendo de si dicho país está incluido o no en la lista elaborada por la Comisión Europea y publicada en la Parte 2 del Anexo II del Reglamento N.º 577/2013 UE. Esta lista, constantemente actualizada, está disponible en el sitio web de la Unión Europea.
Perros, gatos y hurones identificados por un microchip o un tatuaje claramente legible, si se aplicó antes del 3 de julio de 2011, deben estar acompañados por el certificado de salud, emitido por un veterinario oficial de la Autoridad competente del tercer país. El certificado de salud debe atestiguar, además de la realización de la vacunación contra la rabia y, si corresponde, una nueva vacunación válida, la ejecución exitosa con resultados favorables de la prueba de titulación de anticuerpos neutralizantes post-vacunación contra la rabia.
Para los animales de compañía que reingresan al territorio italiano desde un tercer país, también puede utilizarse el pasaporte comunitario mencionado en el Anexo III, Reglamento N.º 577/2013 UE. Debe atestiguar que se han observado las disposiciones mencionadas anteriormente requeridas para la introducción desde terceros países.
Otros animales de compañía que pueden viajar con su propietario en condiciones especiales son:
- invertebrados (excluyendo abejas y abejorros y moluscos y crustáceos);
- animales acuáticos ornamentales;
- anfibios y reptiles;
- aves: ejemplares de especies aviares;
- mamíferos: roedores y conejos que no estén destinados a la producción de alimentos y definidos como “lagomorfos”.